Ayudas para emergencias en Comunidad de madrid para Pyme y autónomos

Esta página reúne 3 ayudas y convocatorias activas convocadas por organismos públicos de Comunidad de madrid (o de ámbito estatal aplicables a este territorio) y dirigidas a Pyme y autónomos dentro del sector emergencias. Los datos proceden de la Base de Datos Nacional de Ayudas (BDNS) y se actualizan a diario. Cada ficha incluye presupuesto, plazos de solicitud, requisitos y enlace directo a la convocatoria oficial.

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Listado de convocatorias

AYUDA REACTIVACIÓN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES OBRAS INFRAESTRUCTURAS 2026

Esta ayuda está destinada al mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios que se han visto afectados por obras públicas de infraestructuras en la Comunidad de Madrid.

PRESUPUESTO: 500.000 € RECEPCIÓN: 12/06/2026
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AYUDAS PARA PYMES COMERCIALES, DE SERVICIOS Y ARTESANAS AFECTADAS INCENDIOS

Esta subvención está destinada a pequeñas y medianas empresas que hayan sufrido daños a consecuencia de los incendios forestales en la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid, con el fin de proporcionarles asistencia económica de emergencia.

PRESUPUESTO: 3.000.000 € RECEPCIÓN: 07/09/2026 INICIO: 08/09/2026 FIN: 08/11/2026

Requisitos:

  • Ser una pequeña o mediana empresa con menos de 250 trabajadores
  • Desarrollar actividad económica en municipios afectados
  • Haber iniciado actividad antes del 23 de julio de 2026
  • Haber sufrido daños económicos a causa de los incendios
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • No estar incursos en prohibiciones para ser beneficiario
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AYUDAS EMERGENCIA PARA PYMES INDUSTRIALES AFECTADAS INCENDIOS SIERRA OESTE

El objetivo de esta ayuda es proporcionar apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas de la Sierra Oeste de la Comunidad de Madrid que hayan sido afectadas por los incendios forestales, permitiéndoles recuperarse de los daños sufridos.

PRESUPUESTO: 3.000.000 € RECEPCIÓN: 07/09/2026 INICIO: 08/09/2026 FIN: 08/11/2026

Requisitos:

  • Ser una pequeña o mediana empresa con menos de 250 trabajadores.
  • Desarrollar una actividad económica en los municipios afectados.
  • Haber iniciado la actividad antes del 23 de julio de 2026.
  • Sufrir daños o pérdidas debido a los incendios forestales o las medidas de control asociadas.
  • Estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a prohibiciones descritas en la Ley 38/2003.
  • Las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que cumplan estos requisitos también pueden acceder a la ayuda.
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Preguntas frecuentes

¿Qué ayudas hay para Pyme y autónomos en Comunidad de madrid dentro del sector emergencias?

En esta página se listan 3 ayudas activas convocadas por organismos públicos de Comunidad de madrid o de ámbito estatal aplicables a este territorio, dirigidas a Pyme y autónomos en el sector emergencias. Cada una incluye presupuesto, plazos, requisitos y enlace a la convocatoria oficial en la BDNS.

¿Cuál es el presupuesto total disponible?

El presupuesto agregado se calcula sumando los importes de cada convocatoria listada. Lo verás desglosado en cada ficha individual con su importe específico. La suma puede variar a medida que se publican o se cierran ayudas.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Cada convocatoria tiene su propio plazo. En cada ficha aparecen las fechas de inicio y fin. Si una convocatoria no muestra fecha de fin, suele estar abierta de forma continuada hasta agotar crédito. Te recomendamos pulsar el enlace "Acceder a la convocatoria oficial" para confirmar el plazo vigente en la BDNS.

¿Quién puede acceder a estas ayudas?

Las ayudas recogidas en esta página están dirigidas a Pyme y autónomos. Dentro de este perfil puede haber requisitos adicionales (antigüedad, forma jurídica, ámbito geográfico, importe mínimo, etc.) que se detallan en el apartado "Requisitos" de cada ficha y en la convocatoria oficial.

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta en el portal del organismo convocante, nunca en este portal. Pulsa el botón "Acceder a la convocatoria oficial" de la ficha que te interese para ir al formulario de solicitud en la BDNS o en la sede electrónica correspondiente.

¿Esta información sustituye a la convocatoria oficial?

No. Este portal es meramente informativo. La información publicada no sustituye a la publicación oficial de cada convocatoria. Para presentar solicitudes o resolver dudas legales consulta siempre la fuente oficial enlazada en cada ficha.

Cómo solicitar estas ayudas

Las ayudas listadas se gestionan a través de la Base de Datos Nacional de Ayudas (BDNS) y los portales oficiales de cada comunidad autónoma. Para solicitarlas, generalmente necesitarás: certificado digital, estar dado de alta en el registro correspondiente y presentar la documentación específica de cada convocatoria. Los plazos varían según el organismo convocante.

Preguntas frecuentes

¿Qué ayudas hay para Pyme y autónomos en Comunidad de madrid dentro del sector emergencias?

En esta página se listan 3 ayudas activas convocadas por organismos públicos de Comunidad de madrid o de ámbito estatal aplicables a este territorio, dirigidas a Pyme y autónomos en el sector emergencias. Cada una incluye presupuesto, plazos, requisitos y enlace a la convocatoria oficial en la BDNS.

¿Cuál es el presupuesto total disponible?

El presupuesto agregado se calcula sumando los importes de cada convocatoria listada. Lo verás desglosado en cada ficha individual con su importe específico. La suma puede variar a medida que se publican o se cierran ayudas.

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Cada convocatoria tiene su propio plazo. En cada ficha aparecen las fechas de inicio y fin. Si una convocatoria no muestra fecha de fin, suele estar abierta de forma continuada hasta agotar crédito. Te recomendamos pulsar el enlace "Acceder a la convocatoria oficial" para confirmar el plazo vigente en la BDNS.

¿Quién puede acceder a estas ayudas?

Las ayudas recogidas en esta página están dirigidas a Pyme y autónomos. Dentro de este perfil puede haber requisitos adicionales (antigüedad, forma jurídica, ámbito geográfico, importe mínimo, etc.) que se detallan en el apartado "Requisitos" de cada ficha y en la convocatoria oficial.

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta en el portal del organismo convocante, nunca en este portal. Pulsa el botón "Acceder a la convocatoria oficial" de la ficha que te interese para ir al formulario de solicitud en la BDNS o en la sede electrónica correspondiente.

¿Esta información sustituye a la convocatoria oficial?

No. Este portal es meramente informativo. La información publicada no sustituye a la publicación oficial de cada convocatoria. Para presentar solicitudes o resolver dudas legales consulta siempre la fuente oficial enlazada en cada ficha.